La suspensión académica por motivos de salud es una alternativa para estudiantes vigentes UC que presentan problemas de salud graves, ya sea en el ámbito físico o mental y que, debido a su intensidad y duración, limitan la funcionalidad en forma severa, impidiendo que el o la estudiante curse regularmente sus estudios.
Ahora puedes solicitar una suspensión por motivos de salud a través de la plataforma Agenda Salud. Para ello, ingresa aquí.
Ingresa Agenda Salud para solicitar suspensión por salud. Entra usando el mismo usuario y clave de tu correo UC.
–Si eres estudiante UC y quieres suspender por motivos de salud, ingresa aquí
-Si eres madre, padre o tutor/a de un/a estudiante que se encuentra hospitalizado/a y quieres solicitar suspensión por motivos de salud a nombre del/la estudiante, ingresa en esta página
Luego de ingresada formalmente una solicitud de suspensión por salud, el/ la estudiante no puede retractarse, ya que desde ese momento la solicitud es irreversible. El/la estudiante será notificado en su correo UC, cuando su solicitud de suspensión por salud sea ingresada formalmente.
Estudiantes vigentes de pregrado, postítulo y postgrado y estudiantes en vías de titulación, hasta máximo un año desde su última inscripción de cursos etc.
En caso de que la fecha de fin de plazo para solicitar algunas de las medidas corresponda a un día inhábil (fin de semana) la fecha de finalización del plazo será el día hábil previo a la fecha de fin de plazo.
El/la estudiante podrá hacer seguimiento al estado de su solicitud en su perfil de Agenda Salud, en la opción Suspensiones. Una vez resuelta su solicitud de suspensión por salud, el /la estudiante podrá descargar directamente desde Agenda Salud su resolución académica.
La solicitud de suspensión por motivos de salud puede ser solicitada por uno o dos semestres académicos, y también se puede solicitar por tiempo indefinido. La Comisión de Suspensiones por Salud revisa los documentos entregados y evalúan si la información de salud presentada por el estudiante es pertinente con la medida solicitada. La suspensión por salud mental indefinida es una medida que la Comisión de Suspensiones por Salud otorga de manera excepcional, para estudiantes que presentan un trastorno de salud mental grave y/o crónico con pronóstico reservado, por lo tanto, se estima que no hay claridad del tiempo que se necesitará para su tratamiento y recuperación.
La Comisión de Suspensiones por Salud y Reintegros pueda resolver, de acuerdo con los antecedentes de salud del estudiante:
¿Qué pasa cuando se cumple la vigencia de una medida de suspensión por salud?
Cuando se aprueba una solicitud de suspensión por salud por uno o dos semestres académicos, al cumplirse la vigencia de la medida, el/la estudiante vuelven automáticamente a su condición de alumno/a regular, por lo que deben inscribir cursos en el semestre correspondiente.
Cuando se aprueba una solicitud de suspensión por salud indefinida, el/la estudiante siempre debe solicitar el reintegro a su actividad académica. Este es un procedimiento que tiene plazos y condiciones específicos. El/la estudiante que tiene una suspensión por salud indefinida vigente, no puede volver a su actividad académica si no ha solicitado y ha sido aprobado su reintegro por parte de la Comisión.
Estudiante UC, no puedes abandonar tus responsabilidades académicas y debes estar revisando tu correo institucional, pues por este medio serás notificado/a de la resolución final por parte de la Comisión de Suspensiones por Motivos de Salud. Si no, puedes entrar en calidad de abandono de semestre.
La fecha que se considera de ingreso de una solicitud de suspensión por salud la solicitud es la que queda ingresada con documentación completa y sin errores en agenda salud.
Esta fecha es la que se considera en Matrícula, para el cese de pagos de las siguientes cuotas de la mensualidad.
Para conocer detalles sobre cada tipo de solicitud de suspensión académica por razones de salud, revisa las Preguntas Frecuentes, que encontrarás en la parte inferior de esta página.
Ser estudiante vigente UC de pregrado, postgrado, postítulo y estudiantes en vías de titulación hasta máximo un año desde su última inscripción de cursos.
La suspensión académica por salud mental es una medida que puede ser solicitada por el/la estudiante, de manera voluntaria, por uno o dos semestres académicos y de manera indefinida, cuando ve afectado, de manera significativa, su funcionalidad global y rendimiento académico por motivos de salud mental.
El objetivo de la medida es que el estudiante pueda destinar el tiempo de cese de la actividad académica para priorizar su recuperación y tratamiento de salud mental.
La solicitud de suspensión por salud mental indefinida es una medida excepcional para estudiantes que presentan un trastorno de salud mental grave y/o crónico, con pronóstico reservado, por lo tanto, se estima que no hay claridad del tiempo que se necesitará para priorizar su tratamiento y recuperación. En caso de aprobarse la medida de suspensión indefinida siempre quedará sujeta a una evaluación de reintegro de parte de la Comisión de Suspensiones por Salud cuando el/la estudiante quiera retornar a sus estudios.
Documentación requerida para ingresar una Suspensión por Salud, en Agenda Salud
La documentación que se solicita para ingresar una suspensión por salud física es la siguiente:
Si eres madre/padre/tutor de un estudiante que se encuentra hospitalizado/a o es menor de edad, puedes solicitar la suspensión en su nombre, ingresando en esta sección de Agenda Salud los siguientes documentos.
No se deben asumir la aprobación de la solicitud de suspensión hasta recibir la resolución.
El reintegro a la actividad académica se solicita cuando un/a estudiante, luego de tener aprobada una suspensión indefinida decide volver a la universidad porque se encuentra en condiciones de salud para ello.
El reintegro a la actividad académica está condicionado a una entrevista por parte de un/a profesional de Salud y Bienestar Estudiantil.
El reintegro estará condicionado al cumplimiento de la indicación de un tratamiento, según las sugerencias dadas por la Comisión de Salud al momento de otorgar la medida.
De no ser aprobada la solicitud de reintegro, el/la estudiante podrá volver a postular a la medida y ser re-evaluado/a para el semestre siguiente.
Al dar inicio al proceso de reintegro y ser evaluado/a, no podrá retractarse de la medida.
Para solicitar el reintegro a la actividad académica debes escribir a suspensionsalud@uc.cl para que te indiquen los pasos a seguir.
Preguntas y respuestas sobre el reintegro
¿Cómo puedo solicitar el reintegro a la actividad académica?
Los/as estudiantes que tengan una suspensión por salud indefinida y quieren reintegrarse a la actividad académica, deben hacerlo a través del link reintegro a la universidad, donde se indica la documentación requerida. El informe de tratante externo para reintegro debe ser completado por los profesionales tratantes, donde deben dar cuenta de la evolución del tratamiento y las razones para solicitar el reintegro.
Todo/a estudiante que solicitan reintegro a la actividad académica es citado/a a entrevista con una profesional de la Comisión de Suspensión por Salud.
¿Cuándo debo solicitar un reintegro a la actividad académica?
Cuando tienes vigente una suspensión por salud indefinida, y en conjunto con tus profesionales tratantes consideran que estás en condiciones de retornar a la actividad académica el próximo semestre.
Si suspendí uno o dos semestres ¿debo solicitar el reintegro a la actividad académica para poder inscribir cursos?
No, el reintegro a la actividad académica es solo para estudiantes que tienen aprobada una suspensión por salud indefinida. Los/as estudiantes que tienen aprobada una medida de suspensión de 1 o 2 semestres académicos, al cumplirse la vigencia de la medida, vuelven automáticamente a su calidad de alumno/a regular, pudiendo inscribir ramos en los periodos que estén determinados por la universidad para ello.
¿Cuáles son los plazos para solicitar el reintegro a la actividad académica?
Para reintegrarse el primer semestre, el plazo es hasta el 30 de octubre del semestre anterior.
Para reintegrarse el segundo semestre, el plazo es hasta el 31 de mayo del semestre anterior.
Según el Reglamento de Salud y Bienestar Estudiantil, la suspensión por motivos de salud es un beneficio para aquellos/as estudiantes que por motivos exclusivamente de salud (física o mental) se vean imposibilitados de continuar sus estudios desde el semestre en vigencia. El objetivo de la suspensión es que el/la estudiante pueda realizar un tratamiento que le permita su recuperación e incorporación a la actividad académica.
Los plazos son establecidos por el calendario académico, y la forma de postular es exclusivamente a través de agenda salud. Los documentos solicitados deben ser ingresados en agenda salud en la opción Suspensiones, para ser revidados por la Comisión de Suspensiones por Salud.
¿Qué requisitos son necesarios para suspender por salud?
Para suspender por salud, debes ser estudiante vigente y presentar un problema de salud física o mental que interfiera de manera significativa el funcionamiento global de el/la estudiante y su rendimiento académico.
¿Cómo accedo a agenda salud para solicitar suspensión por motivos de salud?
En nuestra página web encontrarás un video explicativo de como realizar el procedimiento en agenda salud. Pincha aquí para acceder directamente .
¿Cómo se comunicará la Comisión de Suspensiones por Salud con los/as estudiantes que están solicitando una medida de suspensión por salud o reintegro a la actividad académica?
La vía de comunicación será a través del correo UC. Debes estar atento/a a tu correo UC hasta que recibas la resolución de la Comisión respecto a tu solicitud.
¿Se puede solicitar una suspensión por salud para bajar la carga académica de un semestre?
No es posible bajar carga académica, las suspensiones por salud se aplican a la carga académica total del estudiante, y por la totalidad de carreras que esté cursando. Si necesitas realizar ajustes a tu carga académica debes consultar esta posibilidad directamente con tu unidad académica.
¿Qué documentos debe tener el/la estudiante para realizar la solicitud?
– Fotocopia de la Cédula de Identidad por ambos lados.
– Ficha Académica Acumulada.
– Antecedentes clínicos/exámenes médicos (si corresponde o para las suspensiones por salud física) (opcional)
– Informe de profesional tratante de la especialidad para respaldar la solicitud de suspensión por motivos de salud mental. Si ha sido atendido por un psicólogo/a de Salud y Bienestar Estudiantil, esto no es necesario adjuntarlo.
¿Cómo puedo descargar los documentos solicitados?
– El certificado de alumno/a regular y la ficha académica acumulada se descargan desde Mi Portal UC.
-Informes de Salud solicitar a el /los tratante(/s)
¿Dónde debo subir los documentos para suspender o solicitar reintegro a la actividad académica?
Los documentos se suben en agenda salud en la opción Suspensiones.
No se evaluarán solicitudes que no sean ingresadas formalmente o enviadas por otra vía.
No se reciben consultas a través de correo electrónico, teléfono ni en forma presencial ya que toda la información para el proceso se encuentra en la página web.
¿Puedo subir parcialmente los documentos?
Para ingresar una solicitud de suspensión por salud debes ingresar la documentación completa y sin errores, según sea tu caso, en agenda salud.
Solicitudes ingresadas con documentación con errores y documentación incompleta serán rechazadas y deberá ingresar una nueva solicitud si está dentro de los plazos.
¿Puedo suspender por motivos de salud, sin tener un profesional tratante?
En caso de solicitar una suspensión por motivos de salud mental, puedes realizar la solicitud sin tener un profesional tratante. En ese caso, serás citado a entrevista con una profesional de salud mental de la Comisión de Suspensiones por Salud.
Para suspensiones por salud física, puedes tomar una hora en la Red de Salud UC CHRISTUS según convenio DAE
¿En qué casos un/a estudiante puede ser citado/a a una entrevista con un profesional de la Comisión de Suspensiones?
– Cuando un/a estudiante solicita una suspensión por salud mental y no está en un tratamiento de salud mental.
– Cuando un/a estudiante solicita la medida de manera reiterada
– Cuando los antecedentes presentados por el/la estudiante son insuficientes para la Comisión de Suspensiones por Salud
– Cuando un/a estudiante solicita suspensión indefinida
– Cuando un/a estudiante solicita reintegro a la actividad académica.
¿Qué pasa si no me presento a una hora de entrevista citada por la Comisión de Salud?
Es requisito que los/las estudiantes que solicitan una suspensión por salud estén disponibles para ser citados/as a una entrevista con un profesional de la comisión, La notificación de esta hora será a través de tu correo UC y la hora sera agendada en agenda salud.
Las horas de entrevista se otorgan de acuerdo a la fecha de ingreso de tu solicitud, son horas altamente demandadas, por lo que se requiere que el/la estudiante esté disponible para poder asistir en la fecha y hora indicada por la Comisión.
En caso de no presentarte a la hora de entrevista, la Comisión de Suspensiones por Salud dejará sin efecto tu solicitud debiendo iniciar nuevamente el proceso, si corresponde.
¿Qué pasa si quiero suspender por motivos de salud, pero no cuento con un médico tratante?
En casos de salud mental, si no cuentas con un médico tratante, te citaremos a una entrevista, sin costo, con un/a profesional de Salud y Bienestar Estudiantil para evaluar tu cuadro y medida solicitada. Para suspensiones por salud física, puedes tomar una hora en la Red de Salud UC CHRISTUS según convenio DAE
¿Cuál es el plazo máximo para realizar mi suspensión por motivos de salud cada semestre?
Para suspender el primer semestre se tiene desde el primer día de clases hasta el 27 de junio, y para el segundo semestre desde el primer día de clases del segundo semestre hasta el 28 de noviembre 2025.
¿Cuánto tiempo puede tomar la Comisión de Suspensiones por Salud en dar respuesta a mi solicitud de suspensión, desde que se realiza su ingreso formal?
La Comisión de Suspensiones por Salud tiene como plazo entre 4 a 6 semanas desde que realiza el ingreso formal de la solicitud, En caso que el/la estudiante deba ser citado a entrevista, estos plazos podrían aumentar.
¿Puedo suspender el segundo semestre, aun estando en vigencia el primero?
No, la solicitud será rechazada ya que hay plazos específicos para suspender cada semestre, pudiendo solicitarla nuevamente cuando entre en vigencia el semestre a suspender.
Si suspendí uno o dos semestres ¿debo solicitar el reintegro para poder inscribir cursos?
No, el/la estudiante que tiene aprobada una suspensión por 1 o 2 semestres académicos, al cumplirse el periodo de vigencia de la medida, vuelven automáticamente a su calidad de alumno/a regular quedando habilitado para la inscripción de cursos en el periodo vigente
¿Cómo puede conocer el estado de mi solicitud de suspensión por salud?
Debes ingresar a agenda salud opción Suspensiones para conocer el estado de tu solicitud.
¿En qué caso se puede solicitar una suspensión por salud fuera de plazo?
No se reciben solicitudes fuera de plazo, salvo situaciones excepcionales establecidas en el Reglamento de Salud y Bienestar Estudiantil (Art.25: hospitalización reciente del estudiante, duelo reciente de familiar directo y psicosis), estas excepciones deben estar debidamente acreditadas por el/la estudiante. El plazo para solicitar una suspensión por salud fuera de plazo, son 15 días corridos posterior a la fecha de cierre del proceso regular.
Si corresponde que solicites una solicitud fuera de plazo debes escribir al correo:suspensionsalud@uc.cl donde se te indicará la información requerida.
¿Se puede apelar en caso de ser rechazada mi solicitud de suspensión por motivos de salud o reintegro a la actividad académica?
No, la resolución de la Comisión de Suspensiones por Salud es inapelable.
¿Cuál será mi calidad de estudiante en caso que mi solicitud de suspensión por salud sea aprobada?
En los casos en que la solicitud de suspensión por salud sea aprobada la calidad del estudiante cambia de regular a suspensión por salud
El documento de resolución académica en respuesta a mi solicitud de suspensión por salud, ¿debo enviarla a otras áreas de la Universidad (Unidad Académica, DASE, etc.) para comunicar el cambio en mi calidad de estudiante?
En caso que tu solicitud sea aprobada, tu cambio de calidad como estudiante, de regular a suspendido/a por salud, es informado de manera interna por la Comisión de Suspensiones por Salud a Registros Académicos. Puedes revisar el cambio en tu calidad de estudiante de regular a suspendido por salud en tu Portal UC.
En caso de tener beneficios socioeconómicos debes enviar la resolución académica a dase@uc.cl para el cese de tus beneficios mientras estes suspendido por salud.
¿Cuántas veces puedo suspender por salud durante mi trayectoria académica?
Puedes solicitar la medida siempre que tengas problemas de salud física o mental, que interfieran en tu funcionamiento académico y global de manera significativa. En caso de requerir solicitar la medida nuevamente, el/la estudiante debe ingresar una nueva solicitud de suspensión por salud por un nuevo periodo para que la Comisión de Suspensiones por Salud evalúe nuevamente los antecedentes presentados por el/la estudiante y la pertinencia de una nueva medida.
¿Desde qué fecha comienza a estar vigente mi suspensión por salud?
En caso de ser aprobada tu solicitud de suspensión por salud, la fecha en la que cambia tu calidad de alumno/a regular a suspendido/a por salud, será la fecha en la que se ingresó formalmente tu solicitud, se respeta la fecha en la cual enviaste la documentación completa y de forma correcta.
¿Dónde acudir en caso de tener dudas sobre mis beneficios socioeconómicos si es aprobada mi suspensión por salud?
Debes hacer las consultas directamente con la Direcion de Asuntos Socioeconomicos (DASE)personalmente o al correo electrónico dase@uc.cl
¿Dónde acudir si tengo dudas sobre los pagos de la universidad, en caso de ser aprobada mi suspensión por salud?
Debes hacer las consultas directamente con Matrícula, personalmente o al correo electrónico matricula@uc.cl.
¿Si estoy cursando dos carreras, ¿se suspenden ambas o solo una?
Se suspenden ambas carreras.
¿En qué casos puede un tercero realizar la solicitud de suspensión por motivos de salud por el o la estudiante?
La Comisión de Suspensiones por salud, recibe solicitudes de suspensión por salud de un tercero a nombre de el/la estudiante, entendiendo como tercero a la madre, padre o tutor legal, cuando un/a estudiante se encuentra hospitalizado al momento de querer realizar la solicitud o cuando presenta problemas de salud graves que impiden que el/la estudiante pueda realizar la solicitud por sí mismo/a.
¿Me puedo retractar de mi solicitud de suspensión o reintegro una vez ingresada formalmente la solicitud?
No, las solicitudes de suspensión por salud o reintegro a la actividad académica son irreversibles, una vez que son ingresadas formalmente por la Comisión de Suspensiones por Salud y Reintegro a la Actividad Académica.
Durante el periodo de tramitación de mi solicitud de suspensión por salud, ¿se congela el pago de la mensualidad?
No, el pago se congela una vez aprobada una solicitud de suspensión por salud desde la fecha en la que se hizo el ingreso formal de la solicitud.
¿En qué caso se puede solicitar la suspensión por salud fuera de plazo?
No se reciben solicitudes fuera de plazo, salvo situaciones excepcionales establecidas en el Reglamento de Salud y Bienestar Estudiantil (Art.25: hospitalización reciente del estudiante, duelo reciente de familiar directo y psicosis), estas excepciones deben estar debidamente acreditadas por el/la estudiante y deben haber ocurrido en el periodo en que estaba próximo a vencer el plazo regular para solicitar la suspensión por salud.
¿Cuál es el plazo para solicitar una suspensión por salud fuera de plazo?
El plazo es de 15 días posteriores al vencimiento del plazo regular para solicitar la suspensión por salud. Luego de este periodo la Comisión de Suspensiones por Salud no evaluarán solicitud fuera de plazo.
¿Pueden terceras personas consultar mi estado de solicitud por suspensión o reintegro a la actividad académica?
De acuerdo al Reglamento de Salud y Bienestar Estudiantil, la información de salud de los/as estudiantes es confidencial, protegida por la Ley de Deberes y Derechos del Paciente, por lo que no se puede entregar a terceras personas, salvo a terceros autorizados por poder notarial.